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martes, 20 de julio de 2010

Derrame de petróleo: nueva alarma

Derrame de petróleo: nueva alarma. Hace un par de días se divulgaron las imágenes del nuevo sistema que se instaló en el pozo de petróleo del Golfo de México para contener el vertido de crudo, y pareció que la solución para el desastre ambiental comenzaba a convertirse en una realidad.
Pero ahora el clima general es de alerta, porque si bien no se ha escapado más petróleo del pozo desde la instalación de la nueva campana de contención, se detectaron dos fugas a unos 3 km de donde se originó el derrame.

La compañía petrolera British Petroleum asegura tratarse de un fenómeno frecuente en el Golfo y que lo más probable es que no tenga relación con la tragedia ocasionada tras la explosión de la plataforma Deepwater Horizon. Mientras tanto decidió, después de obtener la autorización oficial del gobierno norteamericano, mantener el pozo sellado durante un día más de lo previsto.

El gobierno de los Estados Unidos teme que manteniendo la contención del pozo, la presión del crudo termine provocando más escapes. Como esto podría tener consecuencias peores que las que hemos visto hasta el momento, han exigido que la compañía petrolera presente un detallado informe acerca de cómo procederán a la retirada de la campana.
Los representantes gubernamentales también acentuaron la importancia de vigilar con sumo detalle las tareas de limpieza y mantenimiento del pozo, que son clave para frenar definitivamente el derrame de petróleo en el Golfo de México.



Legitimación activa en los tribunales ambientales, por Catalina Olivares*

El Viernes 8 de Julio se realizó en el Centro de Estudios para el Desarrollo una charla a cargo del asesor legislativo de la senadora Soledad Alvear, Jorge Cash, en donde se dio conocer el estado de avance de la ley que crea los Tribunales Ambientales, cuya discusión se encuentra radicada en las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Constitución del Senado, en su primer trámite constitucional.

Dentro de los temas que se han debatido con mayor interés por los senadores ha sido el acceso a la nueva justicia ambiental, cuestión que se ve reflejada en el gran numero de indicaciones acerca de la cantidad de tribunales que debiesen existir en el país.

Recordemos que el proyecto de ley ingresado al Senado sólo contemplaba la creación de un Tribunal Ambiental, ubicado en Santiago. Cuestión que, siguiendo la opinión de nuestros legisladores, debiese variar a tres (ubicados en Antofagasta, Santiago y Valdivia). Esto, con la finalidad de garantizar el acceso igualitario a esta nueva justicia, no centralizando este órgano; pero a la vez, tomando el riesgo de crear criterios jurisprudenciales divergentes.

La presentación también mostró que existe un tema cuya discusión está pendiente y que es muy importante si lo que se quiere es garantizar un acceso igualitario a la nueva justicia ambiental. Hablo de la legitimación activa, ya que es en este punto en donde se establecen quienes pueden iniciar un proceso frente a este órgano.

El proyecto de ley original contempla la misma legitimación activa que la del Art. 21 de la ley N° 19.880[1] que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado.

Ahora bien, la propuesta del actual gobierno busca restringir esta legitimación acotándolo sólo a ciertas personas, haciendo calzar las competencias con la legitimación, tratando de acotar quienes pueden acudir al Tribunal por cada competencia establecida.
Por ejemplo, en el caso de la competencia establecida en el artículo 17, N° 1 del proyecto de ley[2] , sólo podrán acudir: 1) Órganos del Estado, y 2) Cualquier persona afectada por un Decreto Supremo que establezca: Normas de calidad, Planes de prevención y contaminación ; y Zonas saturadas o latentes. Siempre y cuando estas medidas no se ajusten a la ley N° 19.300 y que causen perjuicio.

Por lo tanto, por una parte quienes confeccionaron el proyecto de ley pensaron en una legitimación activa amplia, mientras que los representantes del actual gobierno la restringen de manera importante instituyendo una legitimación específica para cada competencia, quizás tratando de prevenir una judicialización extrema de los conflictos medioambientales.

El debate sobre la legitimación activa aún no se ha tratado formalmente en el Senado, por lo pronto, se está trabajando en crear una postura intermedia en esta materia. Ya que en esta discusión se debe tener especial cuidado en no restringir demasiado la legitimación a objeto de cubrir todas las hipótesis posibles y de garantizar un acceso equitativo a la justicia ambiental.

Discusión que debiese darse en armonía con lo ya aprobado en la ley N° 20.417, tomando en cuenta de manera especial la garantía de acceso a la información ambiental, consagración del principio 10 de la Declaración de Río de Janeiro de 1992 sobre Medio Ambiente y Desarrollo[3], que garantiza el acceso a la justicia ambiental entendida no sólo como el acceso a las instancias judiciales, sino que como un libre acceso a toda la información ambiental, todo esto acompañado de educación en el ejercicio de estos derechos, y asesoría legal para conocer las vías y requisitos para hacerlos valer frente a la autoridad en todo nivel.

Ya que si aseguramos a todos lo habitantes el acceso a una información completa y fidedigna, los empoderamos responsablemente frente al órgano judicial, conociendo de los actos administrativos que los pudieren afectar, y así evitaremos que los ciudadanos utilicen a los Tribunales como la instancia de aclarar dudas que el mismo sistema genera.
[1] Artículo 21. Interesados. Se consideran interesados en el procedimiento administrativo: 1. Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses individuales o colectivos. 2. Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte. 3. Aquéllos cuyos intereses, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución y se apersonen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva.
[2] Artículo 17: “Los Tribunales Ambientales serán competentes para: 1) Conocer de las reclamaciones que se interpusieran en contra de los decretos supremos que establezcan las normas primarias o secundarias de calidad ambiental y las normas de emisión, los que declaran zonas del territorio como latentes o saturadas, los que establezcan planes de prevención o de descontaminación, de conformidad a lo señalado en el artículo 50 de la ley N° 19.300. Conocerá de estos asuntos el Segundo Tribunal Ambiental, con asiento en la comuna de Santiago”.

[3] Principio 10: “El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes”

Más de 62 apus se movilizan hoy a sede de Pluspetrol

Según informó hoy el diario La Región, de Loreto, más de 62 apus del Marañón se trasladarán desde las 3 de la tarde a las instalaciones de Plsupetrol, en protesta por la falta de apoyo y los ineficientes trabajos de recuperación tras el derrame 400 barriles en el río Marañón.

La manifestación de protesta se iniciará en la Plaza 28 de Julio. Además de los cerca de 62 apus asistirán más de 30 pobladores que, entre otras cosas, reclaman apoyo respecto a las acciones que han debido tomar para evitar más contaminación en esta zona.

En declaraciones al mismo diario, Alfonso López, representante de este grupo de pobladores, dijo que esta medida fue acordada tras una reunión con funcionarios de Pluspetrol, donde no se realizaron compromisos concretos.

“Sólo se reciben palabras y promesas que a las finales no son cumplidas y terminan siendo olvidadas, aquí mostramos el agua que viene recorriendo las 68 comunidades desde Saramuro hasta Nauta”, dijo López
“En la reunión que tuvimos con los funcionarios les explicamos que la medicina no llega, ni los alimentos, entonces indicaron que las medicinas deben ser coordinadas a través del Ministerio de Salud, respecto a los alimentos dicen que acá en Iquitos no hay suficiente como para abastecer a toda la zona que está afectada y que tienen que traer de Lima y para eso necesitan el apoyo de un avión”, acotó.